A continuación, frente al estado deplorable en que se encontraba la víctima por los maltratos conferidos y la agresión sexual sufrida, se descompensó, por lo que los imputados, previo acuerdo de voluntades y actuando de manera conjunta y coordinada, aprovechándose del estado de indefensión de la menor y a los fines de lograr la impunidad, la cargaron convaleciente en una motocicleta marca Motomel modelo 110 cc de color azul con blanca, y la trasladaron hasta el asentamiento San Ramón, ubicado en la Reducción, Lules.
Allí, con claras intenciones de causarle la muerte de un modo cruel, inhumano y aumentando de manera innecesaria el sufrimiento, la tiraron en un pozo cavado para letrina y la prendieron fuego produciéndole de esta manera la muerte de la niña. Seguidamente, se retiraron del lugar, regresando Graneros a su domicilio en busca de colaboración para hacer desaparecer los restos de la pequeña, mientras que Caro se dirigió hacia su trabajo.
De esta manera, Graneros buscó a Veliz, y ambos se trasladaron en la misma moto al terreno mencionado. Una vez allí, los sujetos continuaron quemando los restos, hasta que los cargaron en bolsas de tipo arpillera y los trasladaron hasta abajo del puente del Río Colorado, el cual se encuentra a unos pocos kilómetros hacia el sur de la ciudad de la Reducción y los dos continuaron prendiéndole fuego para eliminar todo tipo de rastros para luego arrojar los restos al río, dándose a la fuga del lugar.
Tras ello, la imputada Graneros denunció falsamente la desaparición de niña en la Comisaría de Lules y, en ocasión de su búsqueda, Veliz aportó información falsa con el objeto de desviar el curso de la investigación y reforzar el encubrimiento, a sabiendas de que la víctima se encontraba ya sin vida.